VALIDEZ DEL PAGO DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS

DESDE LA FIRMA DEL CONVENIO REGULADOR

Ya no es necesario esperar a que se dicte sentencia por el Juzgado para regular las relaciones existentes desde la separación de hecho, (que en muchas ocasiones puede tardar meses), basta con la firma de un Convenio Regulador, el cual entrará en vigor en el momento en que las partes lo firman.

La Audiencia Provincial de Jaén, en su reciente sentencia de fecha 31 de enero de 2018, reconoce que lo pactado en el Convenio Regulador desde su firma hasta que se dicte sentencia es plenamente valido y eficaz, reconociendo que la pensión de alimentos pactada entre las partes es de obligado cumplimiento desde la firma del acuerdo privado, es decir, desde que se firma el Convenio Regulador.
En Priego Abogados, redactamos tu Convenio Regulador de mutuo acuerdo recogiendo todos los pactos que ambas partes acuerden, y lo hacemos a precios muy competitivos, resaltando que la defensa de los derechos de las dos partes se realiza con total imparcialidad, con el objetivo de que se comiencen a regular cuantos antes las relaciones existentes tras vuestra ruptura, y no tengas que esperar a que se dicte sentencia.

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