El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictaminado que la convivencia estable con una nueva pareja extingue el derecho al uso de la vivienda familiar tras el divorcio.
La sentencia acuerda la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia “distinta y diferente”.
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