Sentencias sobre Devolución de Gastos de Hipoteca en Jaén

Recientemente PRIEGO ABOGADOS ha obtenido varias sentencias dictadas por la Audiencia Provincial de Jaén sobre la devolución de los gastos de hipoteca.
Son varios los Bancos que, hace unos meses interpusieron recurso de apelación a la Audiencia las sentencias dictadas por los Juzgados de Primera Instancia de Jaén sobre la devolución de los gastos hipotecarios.

La Audiencia Provincial de Jaén está dando la razón a nuestros clientes, pero matiza los siguientes conceptos del Impuesto tras la doctrina fijada por la última Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de marzo de 2018:
El sujeto pasivo del Impuesto de trasmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados es el prestatario. Es decir, finalmente debe pagarlo el cliente consumidor y no el banco.
El timbre de los documentos notariales, el impuesto correspondiente a la matriz se abonará por partes iguales entre prestamista y prestatario, y el correspondiente a las copias, por quien las solicite, dice el Alto Tribunal.

¿Qué gastos de hipoteca puedo reclamar?

* Gastos notariales: suele representar entre el 0,1% y el 0,5% de la responsabilidad hipotecaria, más coste por hoja de las escrituras. El importe finalmente reclamado puede variar entre 500-1.000€
* Gestoría: no está regulado por ley, puede rondar los 400 euros.
* Gastos de Registro de la Propiedad: suele suponer entre 100-300€
* Tasación: se pueden recuperar los gastos de tasación (entre 200-400€) de la vivienda si el banco impuso los servicios de una empresa para tasar el inmueble.

Comisión de apertura:

El 90% de las hipotecas la incluyen y suele ser aproximadamente un 1% del capital prestado, rondando la devolución a nuestros clientes de 500 € y 3.000 €
Los Juzgados la declaran nula por ser abusiva, por estar impuesta sin negociar, por no demostrar en base a qué y crear un desequilibrio con el cliente. Por ello, para evitar pleitos algunos bancos están dejando de cobrar esta comisión a sus clientes.

Reclama también el interés legal del dinero:

Cualquier reclamación de dinero siempre lleva el cobro de un interés, que es el interés legal del dinero. Es una cantidad que por derecho te corresponde. Este tipo de interés varía según los años y es mucho mayor que el interés bancario:

Si tienes o has tenido hipoteca hace menos de cuatro años, puedes solicitar que te la revise nuestro equipo gratuitamente y sin compromiso. Estudiaremos la viabilidad de su caso y calcularemos los importes a reclamar. Nuestra larga experiencia en asuntos bancarios nos avala (cláusulas suelo, swaps, bonos, comisiones, intereses abusivos, gastos hipotecarios,…)

Solicita tu cita en el teléfono: 953-26-33-97, en nuestra web www.priegoabogados.com o por email: priego@priegoabogados.com

Un comentario

  1. Sres. Priego&Abogados
    Tengo un préstamo hipotecario con el Banco Santander, por importe de 72.000 euros el cual se firmó en Granada el 8/5/2001, y en la constitución de dicho prestamo, me cobraron todos los gastos que ustedes detallan. Poseo las facturas y copia de la escritura.
    Desearía toda la información que vds. me puedan dar, a fin de realizar la reclamación al banco.
    Atte. Francisco Aguilera

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