Anulada una cláusula suelo de una hipoteca contratada online

Acabamos de recibir sentencia de la Audiencia Provincial de Jaén en la que se confirma la sentencia dictada  por el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Jaén en enero de 2018.

La fase contractual se realizó a través de banca online y en la documentación remitida al cliente de la entidad ni siquiera se destaca tipográficamente o de alguna forma el interés mínimo cuestionado (cláusula suelo), ni mucho menos se explica de forma destacada, separada y autónoma en qué consiste dicha cláusula. Ninguna simulación tuvo en cuenta la aplicación de la cláusula suelo.

 

Así lo ha afirmado también recientemente el Tribunal Supremo en dos sentencias dictadas el pasado mes de marzo. En ambos recursos el Alto Tribunal declara la nulidad de las cláusulas suelo de las hipotecas del Banco Popular Español (antes Banco Pastor) que contemplaban un tipo de interés mínimo del 2,25 por ciento. Rechaza así la tesis de la entidad, a la que condena al pago de las costas de la apelación, que defendió que los clientes fueron convenientemente informados de las condiciones de la operación a través del correo electrónico enviado dos meses antes de la firma.

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