Nuestros clientes están de enhorabuena porque acaban de obtener sentencia favorable en la que se les elimina la cláusula suelo del 3,95% y se les devuelve la cantidad cobrada de más desde el principio de su aplicación incrementada en los intereses legales hasta la fecha. Además se declara la nulidad de la cláusula que fija el interés por demora y vencimiento anticipado.
A pesar de que la parte demandada mostró su total allanamiento se ha procedido a estimar la demanda y la imposición a costas para CREDIFIRMO. No ha sido atendible el argumento del banco, puesto que conoce el dictado de la resolución del Tribunal Supremo de fecha 9 de mayo de 2013 declarando la nulidad de este tipo de cláusulas habiendo abocado con su postura a los demandantes al planteamiento innecesario de una demanda.
De hecho, hace unos días conocimos que el TRIBUNAL SUPREMO ha acordado que deberán ser los bancos los que asuman el pago de todas las costas derivadas de las demandas por cláusulas suelo.
http://www.elmundo.es/economia/2017/07/06/595e4b96ca4741b8358b463a.html