Nuevas sentencias de GASTOS HIPOTECARIOS

Dos clientes de  PRIEGO ABOGADOS acaban de obtener sentencia favorable  contra la entidad BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A y contra CAJASUR BANCO en la que se declara la devolución de los gastos hipotecarios por un importe de 3.840,88€ y 3.780,21€ respectivamente, la nulidad de los intereses de demora, comisión por posiciones deudoras y la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado. Además se le condena al Banco al pago de las costas y de los intereses devengados por las cantidades solicitadas por nuestros clientes.

El 23 diciembre de 2015 la sentencia del Tribunal Supremo declaraba como abusiva la práctica de imponer los gastos de formalización de las hipotecas.

En dicha sentencia se especifica que se trata de una situación abusiva, al no establecer una correcta distribución de los gastos de notaría, derivados de la necesidad de requerir de un notario y un registrador. Del mismo modo, corresponde al sujeto pasivo de la operación el pago de los tributos correspondientes, en este caso el IAJD. El banco es el sujeto pasivo de estas operaciones porque es quién se beneficia de ellas y no el cliente que solicita la hipoteca.

La cláusula en cuestión decía: «Son de cuenta exclusiva de la parte prestataria todos los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación y ejecución de este contrato (…) La parte prestataria faculta al banco para suplir los gastos necesarios para asegurar la correcta inscripción de la hipoteca».

PRIEGO ABOGADOS está tramitando numerosas reclamaciones para que el Banco o Caja les devuelva a sus clientes lo pagado por factura de Notaría, Registro de la Propiedad y Actos Jurídicos Documentados.

Todas las consultas son gratuitas, por tanto pueden solicitar cita al 953 – 26 – 33 – 97  o enviarnos su documentación por correo electrónico a: priego@priegoabogados.com

 

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