A la vista de lo expuesto, sin lugar a dudas al momento de la crisis conyugal existía una verdadera desigualdad patrimonial que no se ha paliado con posterioridad, razón por la que se acoge la petición formulada, reconociendo a la mujer divorciada el derecho a percibir una pensión compensatoria de 300 euros mensuales con carácter vitalicio, que podrá ser objeto de variación si cambiasen las circunstancias.
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